Documentación Necesaria para Iniciar tu Sucesión

Para iniciar un juicio sucesorio en CABA o Provincia de Buenos Aires, contar con la documentacion sucesiones completa desde el primer día es la mejor garantía para evitar demoras judiciales.

En esta guía te detallamos cuáles son los certificados, partidas e informes de propiedad indispensables que tenés que reunir y qué hacer si te falta algún papel.

Lista de documentación indispensable para la sucesión

  • Partida de Defunción: Original o copia certificada expedida por el Registro Civil de la jurisdicción donde ocurrió el fallecimiento.
  • Partidas de Nacimiento de los Hijos: Para acreditar el vínculo de parentesco con los herederos forzosos (ver quiénes heredan por ley).
  • Partida de Matrimonio: Si la persona fallecida estaba casada al momento del deceso.
  • Títulos de Propiedad: Escrituras originales de inmuebles, títulos de vehículos o libreta de cuentas bancarias.
  • DNI de los Herederos: Fotocopia legible del documento de identidad de todos los solicitantes.

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¿Dudas sobre tus partidas o títulos?

Hola Néstor, tengo dudas sobre la documentación requerida para iniciar la sucesión.


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¿Qué pasa si perdiste la escritura o te falta una partida?

No te preocupes. La falta de un documento no frena el inicio de la demanda. En el estudio jurídico nos encargamos de tramitar los segundos testimonios de escrituras ante el Archivo del Colegio de Escribanos y solicitar las partidas actualizadas ante el Registro de las Personas.

El Formulario 3003 del CPACF

Al iniciar el expediente, se debe presentar el Formulario 3003 (en CABA) o la planilla del Juicio Universal (en PBA) para constatar que no exista otro juicio sucesorio abierto previamente a nombre del mismo fallecido.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Las partidas tienen fecha de vencimiento?

Algunos juzgados exigen partidas expedidas en los últimos 6 o 12 meses. De ser necesario, se solicitan nuevas partidas digitales legalizadas.


Artículo revisado y supervisado por el Dr. Néstor Ronconi — Matrícula T° 104 F° 419 C.P.A.C.F.